Los baremos para la enfermedad mental aparecen en el BOE del 13 de marzo de 2000, que traía las correcciones del RD 1971/1999, de 23 de diciembre. Estos baremos, basándose en los sistemas de clasificación internacionales, CIE-10 y DSM-IV, definen trastorno mental como el “conjunto de síntomas psicopatológicos identificables que interfieren el desarrollo personal, laboral y social de la persona, de manera diferente en intensidad y duración”.
La valoración de la Enfermedad Mental se realizará de acuerdo con los grandes grupos de Trastornos Mentales incluidos en los sistemas de clasificación universalmente aceptados (CIE-10, DSM-IV). Teniendo como referencia estos manuales, los grandes grupos psicopatológicos susceptibles de valoración son: Trastornos Mentales Orgánicos, Esquizofrenias y Trastornos Psicóticos, Trastornos de Estado de Ánimo, Trastornos de Ansiedad, Adaptativos y Somatomorfos, Disociativos y de Personalidad.
La valoración de la discapacidad que un Trastorno Mental conlleva, se realizará en base a:
Se debe estudiar por medio de las actividades en relación con el entorno y del cuidado personal.
Los aspectos a valorar son déficits en el mantenimiento de la concentración, la continuidad y el ritmo en la ejecución de tareas, y el deterioro o descompensación en la actividad laboral por una dificultad en la adaptación a las circunstancias estresantes.
Se considerará la evidencia razonable de síntomas, la posibilidad de establecer criterios de provisionalidad, la posibilidad de solicitar informes psiquiátricos y/o psicológicos complementarios, el ajuste de la valoración al tipo de trastorno, teniendo en cuenta el criterio de gravedad y, por último, destacar que la dependencia a sustancias psicoactivas no se valorará en sí misma, sino las patologías asociadas.
Además se especifican los criterios de valoración que se deben estudiar en cada trastorno para establecer el grado de discapacidad. El criterio general apunta que la persona además de presentar la sintomatología de cada trastorno, debe tener disminuida su capacidad funcional, en caso de que este criterio no se cumpla se incluirá en la Clase I, y la valoración será 0%. Los criterios específicos se refieren a los tres requisitos anteriormente explicados y en función de la gravedad se distinguen cuatro Clases (sin contar la Clase I):
Me darian la incapacidad
Soyy anciosa depresiva tengo clinofilia ynecesito ayuda de otras personas
Cito a Ana belen:Me darian la incapacidad
Cito a Ana belen:Soyy anciosa depresiva tengo clinofilia ynecesito ayuda de otras personas
Me podrian responder
En el centro de discapacidad no medan el grado corCito a Francisco,:Llevo muchos años. Pidiendo un informe, con econ el grado de la depresión, y no consigo que el sikiatra me lo de , alguien sabe , la manera para conseguir mi informe con grado
Cito a daniel:hola que tal !! tengo una hija con 10 años y con cognitiva leve, a esas edad en el colegio esta en 5 pero no hace nada y la valoran como si estuviera en 1 curso , no recuerda las cosas se le olvidan no sabe leer muy bien y ni escribir ni sumar y fisicamente no puede correr como los demas se cae y incluso andando hay veces que pierde el equilibro y tiene un pequeño tumor en la cabeza sin alerta alarmante por ahora , usted cual cree que seria su grado de discapacidad ?? mas o menos GRACIAS
Cito a Ana belen:Cito a Ana belen:Me darian la incapacidad
Cito a Ana belen:Soyy anciosa depresiva tengo clinofilia ynecesito ayuda de otras personas
Me podrian responder
respondiente según el baremo del BOE que puedo hacer?
Hola, tengo un 33 de minusvalía por artropatia en las muñecas y trastorno distimico, ahora me han diagnosticado suceck en mano derecha y trastorno depresivo mayor, llegaré al 65 de minusvalía?. Gracias
Me darian la incapacidad