Se valorará teniendo como referencia el salario mínimo interprofesional, conforme a las siguientes pautas:
1) Suma de la totalidad de ingresos familiares
2) De esta totalidad se restará (a+b):
a) Gastos de vivienda
• Alquiler
• Amortización primera vivienda
• Desahucio
• Eliminación barreras arquitectónicas
b) Gastos extraordinarios de carácter prolongado
• Educativos (medidas de apoyo, gastos derivados de la carencia de recursos educativos en la zona, otros: especificar)
• Sanitarios (derivados de medidas rehabilitadoras y recuperadoras, tratamientos farmacológicos, otros: especificar)
• Otros: especificar
3) El resultado se dividirá entre el número de miembros que componen la unidad familiar
4) Finalmente se aplicará el siguiente cuadro:
Renta per cápita |
Más de cinco miembros |
Menos de 5 miembros |
Superior al salario mínimo |
o puntos
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o puntos |
Entre el 99% y el 50% salario mínimo interprofesional |
hasta 1 puntos
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hasta 2 puntos |
Inferior al 49% salario mínimo interprofesional |
hasta 3 puntos
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hasta 4 puntos |
Puntuación máxima ... 4 puntos
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